El inciso e, del Artículo Nº 2º de la Ley № 125/91 incluye dentro del hecho generador del impuesto que analizamos a las rentas que obtengan los consignatarios de mercaderías.
Las personas físicas que se dedican a esta actividad son consideradas como empresas unipersonales.
La consignación de mercaderías tiene lugar cuando se entrega mercaderías a una persona a los efectos de que se encargue de venderlas.
En este caso la venta se realiza en nombre propio y no del tercero.