Buen dia
Tema IVA Es bien claro.
Con
respecto al IRACIS y siendo persona fisica que solo tributa Iracis por
Alquiler de Inmuebles por alquilar en forma habitual tiene la opcion de
liquidar la Renta por sobre la Base del Metodo Contable Form 101 o
sobre Base del Metodo Presunto Form 108.
La Ley Nº 125/91 en el Artículo 4º, último párrafo, expresa que las personas físicas que realizan la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles, siempre que el arrendador sea propietario de más de un inmueble, son consideradas empresas unipersonales. Estas podrán determinar la renta en base presunta conforme a lo que dispone la Resolución Nº 1346/05, Artículo 7º
Liquidación del IRACIS Existen dos criterios que pueden ser tomados en cuenta para determinar la renta, esto es a los efectos de liquidar el impuesto y saber cuánto vamos a pagar: Determinación del Impuesto a la Renta sobre Base Contable. Determinación del Impuesto a la Renta sobre Base Presunta.